Si tu hija o tu hijo tiene necesidades específicas de apoyo educativo y estudiáis en Euskadi, este mes hay una fecha que importa: el 30 de septiembre de 2026. Ese día termina el plazo de las becas y ayudas del Gobierno Vasco para el curso 2026-2027 (Orden de 14 de julio de 2026, art. 32).
Todo lo que sigue sale de esa orden, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco el 24 de julio de 2026, y de las instrucciones oficiales del Departamento de Educación. Al lado de cada dato tienes el artículo o el documento del que sale.
En corto
- Plazo: hasta el 30 de septiembre de 2026 (Orden, art. 32).
- Dónde: por internet en euskadi.eus/becas-no-universitarias o en papel, en tu centro educativo (Instrucciones para solicitantes 2026-2027).
- Requisito clave: estar registrado como alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en la aplicación W67 del Departamento de Educación antes de que acabe el plazo (Orden, art. 17.1).
No es la beca del Ministerio
El Ministerio de Educación también convoca ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Su plazo fue del 19 de mayo al 10 de septiembre de 2026 (Extracto de la Resolución de 6 de mayo de 2026, BOE). Pero esa convocatoria no se aplica al alumnado que estudia en centros del País Vasco: su artículo 29.1 lo excluye por el traspaso de competencias (Real Decreto 3195/1980). En Euskadi, la convocatoria que vale es la del Gobierno Vasco.
Quién puede pedirlas
La orden recoge cuatro situaciones (Orden, art. 13.1):
- Discapacidad en grado igual o superior al 25 % o trastorno grave de conducta. La orden nombra expresamente al alumnado con TDAH en este apartado. El certificado de discapacidad tiene que estar registrado en la aplicación W67 del Departamento de Educación. Ojo: la orden pide un grado igual o superior al 25 %, no al 33 %.
- Trastorno grave de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales.
- Trastorno del espectro autista (TEA).
- Alta capacidad intelectual.
El alumno o la alumna tiene que estar registrado como alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en la aplicación W67 antes de que termine el plazo (Orden, art. 17.1).
¿Qué es el W67 y quién hace el registro? Es la «Aplicación de Necesidades Específicas de Apoyo Educativo» del Departamento de Educación. Según la resolución que regula su uso, tiene dos registros (Resolución de 10 de julio de 2020, apartado primero):- Para las necesidades educativas especiales, el registro empieza con la solicitud de valoración psicopedagógica a la asesoría de necesidades educativas especiales del Berritzegune.
- Para el alumnado con dificultades específicas de aprendizaje, TDAH o altas capacidades, el registro lo cumplimenta el profesorado consultor u orientador del centro, también con los diagnósticos que aportan las familias (apartado segundo, puntos 1 y 2).
Para registrar, el centro necesita antes la autorización firmada de la madre, el padre o los representantes legales (apartado segundo, punto 4). Si no recuerdas haberla firmado, esa es la persona a quien preguntar: el profesorado consultor u orientador del centro. No hemos encontrado ninguna página oficial que explique otra forma de comprobarlo.
Las ayudas cubren estas enseñanzas (Orden, art. 14): primer ciclo de Educación Infantil (con 2 años cumplidos a 31 de diciembre de 2025), segundo ciclo de Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato, ciclos de Formación Profesional de Grado Básico, Medio y Superior, otros programas formativos de FP y programas específicos para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
Qué se puede pedir
Para las tres primeras situaciones (discapacidad o trastorno grave de conducta, trastorno grave de la comunicación y del lenguaje, y TEA), las cuantías máximas son estas (Orden, art. 15.1):
- Enseñanza: hasta 862 €.
- Transporte escolar: hasta 617 €. Se incrementa hasta un 50 % si hay una discapacidad motora reconocida superior al 65 %.
- Material escolar para el alumnado de aprendizaje de tareas: hasta 204 €.
- Reeducación pedagógica: hasta 913 €.
- Reeducación del lenguaje: hasta 913 €.
Para el alumnado con alta capacidad intelectual, la ayuda es de hasta 913 € por curso para pagar la inscripción y la asistencia a programas específicos (Orden, art. 15.2).
En la reeducación y en los programas de alta capacidad se cuenta, como máximo, el coste de los 10 meses del curso escolar (Orden, art. 15.3).
Para estas ayudas hay un límite de renta. Por ejemplo, 31.801 € para una unidad familiar de cuatro miembros. También hay límites de patrimonio (Orden, art. 15.4 y art. 27). Antes de compararla con el límite, a la renta se le restan algunas cantidades: por ejemplo, 2.000 € por familia numerosa, 500 € por familia monoparental o 4.000 € por la persona solicitante y por cada hermano o hermana con discapacidad igual o superior al 33 % (Orden, art. 19.1).
Lo que se concede sin mirar la renta
Los subsidios se conceden sin tener en cuenta la renta ni el patrimonio (Orden, art. 16.5):
- 400 € de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización, para el alumnado de las cuatro situaciones (Orden, art. 16.2 y 16.3).
- Comedor escolar (hasta 574 €) y transporte escolar (hasta 617 €), solo para el alumnado de las tres primeras situaciones que pertenezca a familia numerosa (Orden, art. 13.2 y 16.1). El de comedor solo se concede si no se recibe la ayuda de comedor de los capítulos I y II (Orden, art. 16.4).
Qué papeles necesitas
- Para la reeducación pedagógica, la del lenguaje o un programa de alta capacidad: una memoria del centro o de la persona reeducadora que presta el servicio, con las horas semanales y por curso, el especialista que lo presta y el coste mensual y total del curso (Orden, art. 17.2 y 33.6).
- Para la ayuda o el subsidio de transporte en vehículo particular: se justifica el gasto si el centro está en el área de influencia del domicilio, no hay alternativa de transporte público o escolar y no se ha recibido otra ayuda por lo mismo. Hay que aportar un certificado del centro sobre la asistencia regular, el cálculo de kilómetros entre el domicilio de empadronamiento y el centro con Geo Euskadi y una declaración responsable. Se calculan dos viajes diarios (hasta cuatro si no hay comedor o no se puede usar) a 0,29 € por kilómetro (Orden, art. 33.5).
- El resto de documentos (ingresos, situación familiar…) son los que indica el formulario de solicitud (Instrucciones para solicitantes 2026-2027).
Dos incompatibilidades (Orden, art. 18):
- No se conceden ayudas ni subsidios para gastos ya cubiertos por servicios o fondos públicos, ni para un servicio gratuito.
- La ayuda y el subsidio de transporte no son compatibles con usar el transporte escolar que organiza el Departamento de Educación ni con las ayudas individualizadas del Decreto 164/2023.
Cómo se pide
Si tuviste beca el curso 2025-2026: el Departamento envía por SMS o correo electrónico el acceso a un borrador de solicitud ya relleno. Puedes presentarlo por internet con el código de verificación que trae o con certificado electrónico, o imprimirlo, firmarlo y llevarlo al centro. Solo tienes que aportar los documentos que justifiquen cambios respecto al curso pasado (Instrucciones para solicitantes 2026-2027). Si es la primera vez (Instrucciones para solicitantes 2026-2027):- Por internet, en euskadi.eus/becas-no-universitarias, con un certificado electrónico admitido (tarjeta Izenpe, DNI electrónico, BakQ o similares) o registrándote como usuario nuevo.
- En papel: el centro te entrega el impreso con los datos que tenga precargados; lo rellenas, lo firmas y el centro lo registra.
En los dos casos te dan un justificante. Las instrucciones oficiales piden guardarlo por si tienes que presentar una reclamación.
¿Y fuera de plazo? Solo en los casos del artículo 32.2. Por ejemplo, si la matrícula es posterior al 1 de septiembre: entonces hay un mes desde la matrícula, presentando copia de la petición de matrícula. No se aceptan solicitudes nuevas a partir del 30 de abril de 2027 (Orden, art. 32). ¿Cuándo se resuelve? El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde que termina el plazo de solicitudes. Si pasa ese tiempo sin resolución expresa, la solicitud se puede entender desestimada (Orden, art. 37.4). Las resoluciones se publican en el tablón electrónico de anuncios del Gobierno Vasco (Orden, art. 37; Preguntas frecuentes 2026-2027).Qué puedes hacer esta semana
- Comprobar con el profesorado consultor u orientador que se cumple el requisito del registro en la aplicación W67 (Orden, art. 17.1; Resolución de 10 de julio de 2020).
- Pedir la memoria al centro o a la persona que presta la reeducación o el programa (Orden, art. 17.2).
- Presentar la solicitud antes del 30 de septiembre y guardar el justificante (Orden, art. 32; Instrucciones).
Si vas a hablar con el centro, el preparador de reuniones te ayuda a llevar las preguntas por escrito. Y si te pierdes con las siglas (NEAE, NEE…), las tienes en el glosario para familias.
Herramientas gratuitas en inklui.com:
- Derechos educativos. Qué puedes pedir y cómo
- Preparar una reunión. Preguntas para el centro, por escrito
- Glosario para familias. Las siglas, en claro
- Primer diagnóstico. Por dónde empezar
Referencias
Departamento de Educación del Gobierno Vasco. (2026, 24 de julio). Orden de 14 de julio de 2026, de la consejera de Educación, por la que se aprueban las bases y se convocan las becas, ayudas y subsidios para realizar estudios no universitarios para el curso académico 2026-2027. Boletín Oficial del País Vasco, 140, disposición 2026/3322. https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2026/07/2603322a.pdf
Departamento de Educación del Gobierno Vasco. (2026). Becas no universitarias 2026-2027: instrucciones para las personas solicitantes de beca. https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/ayu_nouni_26_27/es_def/adjuntos/INSTRUCCIONES-PARA-LOS-SOLICITANTES-2026-27.pdf
Departamento de Educación del Gobierno Vasco. (2026). Becas y ayudas al estudio para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios para el curso académico 2026-2027 (ficha del trámite). https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2026/nouni/web01-tramite/es/
Departamento de Educación del Gobierno Vasco. (2026). Becas y ayudas al estudio para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios. Euskadi.eus. https://www.euskadi.eus/becas-no-universitarias/
Departamento de Educación del Gobierno Vasco. (2026). Preguntas frecuentes: becas no universitarias 2026/2027. https://www.euskadi.eus/contenidos/ayuda_subvencion/ayu_nouni_26_27/es_def/adjuntos/PREGUNTAS-FRECUENTES-2026-27-.pdf
Viceconsejería de Educación del Gobierno Vasco. (2020, 10 de julio). Resolución de 10 de julio de 2020, de la Viceconsejera de Educación, por la que se comunica a los centros docentes no universitarios financiados con fondos públicos el nuevo procedimiento para la recogida y organización de la información sobre el alumnado de Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE) en el marco de una escuela inclusiva. https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/inn_edu_inc_neapoyoeducativo/es_def/adjuntos/NEE_Resolucion_recogida_organizacion_informacion_alumnado_10_julio_2020_c.pdf
Secretaría de Estado de Educación. (2026, 6 de mayo). Resolución de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2026-2027 (BDNS 904028), art. 29. https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/904028/document/1450053
Secretaría de Estado de Educación. (2026, 8 de mayo). Extracto de la Resolución de 6 de mayo de 2026 por la que se convocan ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2026-2027. Boletín Oficial del Estado, 112. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2026-14562